El Gobierno dejará de subsidiar los pasajes gratuitos de larga distancia para personas con discapacidad

El esquema anterior autorizaba pagos parciales del Estado para compensar a las empresas por esos pasajes gratuitos en los servicios interjurisdiccionales de larga distancia.

El Gobierno anuló el esquema de compensaciones que abonaba el Estado a las empresas de transporte automotor de larga distancia por los pasajes gratuitos destinados a grupos protegidos, como personas con discapacidad. La decisión figura en la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte, publicada en el Boletín Oficial, que deja sin efecto ese régimen de pagos estatales.

El texto aclara que las empresas seguirán obligadas a otorgar los pasajes gratuitos, aunque ya no recibirán compensaciones por ese concepto. El decreto remarca que la medida “no afecta el contenido esencial del derecho a la gratuidad”, por lo que el beneficio para personas con discapacidad, trasplantados y pacientes oncológicos sigue vigente y exigible.

Cómo afecta la medida a las personas con discapacidad
La gratuidad alcanza a personas con discapacidad, a quienes recibieron un trasplante o están en lista de espera, y a niñas, niños y adolescentes con cáncer. El esquema anterior autorizaba pagos parciales del Estado para compensar a las empresas por esos pasajes gratuitos en los servicios interjurisdiccionales de larga distancia.

El Gobierno justifica el cambio en la libertad otorgada a las empresas tras el Decreto 883/2024, que permitió a los transportistas “determinar libremente recorridos, horarios, precios, modalidades y duración de los servicios”. Además el texto recuerda que el régimen se creó para “mitigar los desequilibrios económicos” derivados de la intervención en tarifas.

En ese análisis, el texto concluye que “la causa estructural que oportunamente justificó la implementación del esquema compensatorio ha sido superada” y por eso considera que su mantenimiento “torna innecesaria su continuidad”. Con esa argumentación, el Ejecutivo decidió dejar cesante la compensación financiera estatal. La medida obliga a las firmas a absorber ese costo si mantienen la prestación gratuita.

La Resolución encomienda a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) garantizar el cumplimiento efectivo de las obligaciones vinculadas con los pasajes gratuitos. Además incorpora una cláusula transitoria para preservar situaciones anteriores y respetar el principio de seguridad jurídica, según el texto publicado en el Boletín Oficial. Fuentes oficiales consideran que el cambio reduce el gasto público.

En la práctica, eso implica que las personas con discapacidad, trasplantadas y los pacientes oncológicos conservarán su derecho a viajar sin costo, pero las empresas de micros de larga distancia deberán asumir el costo de esos pasajes gratuitos. El texto aclara que la medida rige para los servicios interjurisdiccionales en todo el país.

Fuente: La100